PRORROGA DEL SISTEMA DE REFINANCIACION HIPOTECARIA


Ley 26.262


Sancionada: 23/05/07
Promulgada de hecho: 21/06/07
Publicada en el BO: 13/06/07

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º — Prorrógase por el plazo de NOVENTA (90) días hábiles, a partir de su vencimiento el plazo al que alude el artículo 1º de la Ley Nº 26.177.

ARTICULO 2º — En tanto la Unidad de Reestructuración no se expida con respecto a lo establecido en la Ley Nº 26.177 no podrán ejecutarse los mutuos hipotecarios involucrados y la demora no devengará intereses compensatorios ni punitorios, ni gastos a cargo del deudor, toda vez que la presente se declara de orden público.

ARTICULO 3º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.