Ley 25.999 -  Modificación de la Ley Nº 18.345


Sancionada:  16/12/04
Promulgada de Hecho: 10/01/05
Publicada en el B.O: 11/01/05

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: 


ARTICULO 1° - Sustitúyese el artículo 119 de la Ley N° 18.345 (t.o.) de Organización y Procedimiento de la Justicia Nacional del Trabajo por el siguiente: 
Artículo 119: Traslado de la expresión de agravios. 
El juez dará traslado de la expresión de agravios a la contraparte por el plazo de TRES (3) días. 
El traslado será notificado personalmente o por cédula. Contestados los agravios o vencido el plazo para hacerlo, se elevará el expediente a la Cámara. 
ARTICULO 2° - Comuníquese al Poder Ejecutivo. 

 

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