Ley 25.999 - Modificación de la Ley Nº 18.345
Sancionada: 16/12/04
Promulgada de Hecho: 10/01/05
Publicada en el B.O: 11/01/05
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1° - Sustitúyese el artículo 119 de la Ley N° 18.345 (t.o.) de Organización y Procedimiento de la Justicia Nacional del Trabajo por el siguiente:
Artículo 119: Traslado de la expresión de agravios.
El juez dará traslado de la expresión de agravios a la contraparte por el plazo de TRES (3) días.
El traslado será notificado personalmente o por cédula. Contestados los agravios o vencido el plazo para hacerlo, se elevará el expediente a la Cámara.
ARTICULO 2° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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